La Opinión
Suscríbete
Elecciones 2023 Elecciones 2023 mobile
Política
JEP decreta medida cautelar sobre el cementerio Las Liscas, en Ocaña
La orden fue impartida con el fin de proteger y preservar el camposanto, así como los cuerpos no identificados y no reclamados.
Image
La opinión
La Opinión
Categoría nota
Viernes, 14 de Abril de 2023

Atendiendo la solicitud de familiares de algunas víctimas de los llamados falsos positivos, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) resolvió decretar medidas cautelares sobre el cementerio Las Liscas, en Ocaña, con el fin de “cuidar, proteger y preservar” los cuerpos no identificados y no reclamados que reposan en este camposanto.


Le puede interesar: Denuncian ‘masacre’ de gatos en Prados del Este


La petición fue elevada por la abogada Julia Adriana Figueroa Cortés, de la Corporación Colectivo de Abogados Luis Carlos Pérez, en representación de los familiares de dos víctimas directas, quienes exigen saber la verdad sobre la ubicación de los restos óseos de sus seres queridos y la entrega de los mismos.

El caso guarda relación, concretamente, con las muertes de Martín Marulanda Calixto y Jesús Emilio Navarro Garay, desaparecidos y asesinados en el Catatumbo, en hechos ocurridos el 31 de diciembre y 15 de agosto de 2007, respectivamente, y reconocidos en el Caso No. 03. “Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado – Subcaso Norte de Santander”.

De acuerdo con la abogada Figueroa Cortés, la medida cautelar era necesaria por cuanto al ser un cementerio alterno o privado, la señalización de las fosas no era la adecuada, así como tampoco la vigilancia del lugar, lo cual promueve la “informalidad, desinformación y no coordinación de las entidades del Estado con competencia para solicitar y realizar diligencias judiciales de exhumación”.

En ese mismo sentido, advertía que, en el sitio se adelantaron diligencias por parte de instituciones del Estado y particulares, sin cumplir con los requisitos y procedimientos exigidos en la ley ni supervisión de entidades competentes.


Lea también: 5.000 niños trabajan en el área metropolitana de Cúcuta


“Las autoridades deben verificar si, incluso, en este caso hay un error de ubicación inicial de los cuerpos; es decir, no siendo el cementerio Las Liscas, sino el Cementerio Central de Ocaña. Lo anterior, porque existe una afirmación y porque ya hubo una información imprecisa de parte de una autoridad”, le manifestó la apoderada a la JEP.

Con relación al caso particular del señor Jesús Emilio Navarro Garay, también se reseña que según el relato de sus familiares, han tenido conocimiento de que el cuerpo llegó a Medicina Legal de Ocaña, pero nunca les fue entregado.

Tras analizar el caso y los argumentos expuestos en la solicitud del Colectivo de Abogados Luis Carlos Pérez, la JEP determinó que se encontraron debidamente acreditados los requisitos de “gravedad y urgencia” para la protección y preservación tanto del cementerio Las Liscas, como de los cuerpos no identificados y cuerpos identificados no reclamados ubicados en ese lugar.

Audiencia de la JEP por falsos positivos

 

La gravedad de la situación se configura tanto por la indeterminación que existe hasta la fecha sobre la real ubicación, plena identificación y entrega efectiva y digna de los restos óseos del señor Martín Marulanda Calixto a sus familiares, así como por las múltiples dificultades e, incluso, irregularidades, en relación con las inhumaciones y exhumaciones presentadas en el cementerio veredal de Las Liscas, de Ocaña, para lograr la identificación del cuerpo de la referida víctima”, dice la JEP en su decisión.

Para los magistrados, existe también una amenaza y riesgo de que se afecte, altere o destruya el material óseo que reposa en el camposanto, por la intervención no solo de distintas autoridades sino también de particulares, al tratarse de un predio de carácter privado.


Lea aquí: ¿Quién mató a la lideresa comunal Diana Rodríguez en San Cayetano?


En vista de ello, la Jurisdicción Especial para la Paz consideró necesario decretar medidas de carácter preventivo durante un periodo de 90 días, que consisten en: la protección y vigilancia permanente del predio donde se encuentra ubicado el cementerio, proceder con la preservación inmediata del lugar, prohibir la exhumación y traslado de cuerpos que allí se ubican, sin el previo consentimiento de las autoridades judiciales e informar previamente sobre la inhumación de cuerpos identificados o no identificados.

En el auto, la JEP le ordena a la Alcaldía de Ocaña y a la Gobernación de Norte de Santander, en coordinación con el dueño del predio donde está ubicado el cementerio, el cierre y debido aislamiento de la zona donde se encuentran ubicadas las diferentes fosas.

Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en: https://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion

Temas del Día