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Como el cangrejo
Mientras el alcalde y los concejales elegidos se dormían en los laureles y celebraban dichosos el triunfo, los opositores armaron la trama.
Jueves, 4 de Febrero de 2016

Las contralorías como organismos de control a nivel nacional y territorial han tenido a través de actos Legislativos reformas sustanciales en el fondo y en su forma. 

En el fondo en lo que tiene que ver con la función fiscalizadora, pasó de un control previo a uno de carácter posterior y selectivo, por aquello de que las contralorías se habían convertido en coadministradoras con un poder incluso mayor que el del ejecutivo, entorpeciendo en muchos casos el manejo eficiente de la función pública. 

Y sobrada razón les asistió a los honorables congresistas. En su forma, en los últimos treinta años, ha variado el procedimiento para la elección de esos funcionarios. Antes de la proclamación de la Constitución del 91 los contralores, en el caso de los territoriales, los elegían libremente las coaliciones que se conformaban en las Asambleas y Concejos Municipales. En la reforma constitucional con el prestigio del que gozaba la justicia en su momento, se les encargó a los tribunales del país la honrosa tarea de seleccionar ternas para que los Diputados o Concejales según el caso, por mayoría eligiera a sus  contralores territoriales exenta de la injerencia política que imperaba en el momento. 

La clase política no se quedó quieta y en su gran mayoría a nivel nacional los gobernadores y alcaldes recién elegidos les señalaban a los magistrados sus candidatos que al final resultarían elegidos para ejercerles el control fiscal. 

Es decir, la politiquería se trasladó a los tribunales. Politizaron aún más a la justicia. Ante este panorama, se expidió el Acto Legislativo # 2 por el “Medio del cual se adopta una reforma de equilibrio de poderes y reajuste institucional y se dictan otras disposiciones” que en su art. 23 modifica el art. 272 de la C.P. así: “Los Contralores departamentales, distritales y municipales serán elegidos por las Asambleas Departamentales, Concejos Municipales y Distritales, mediante convocatoria pública conforme a la ley, siguiendo los principios de transparencia, publicidad, objetividad, participación ciudadana y equidad de género, para periodo igual al del Gobernador o Alcalde, según el caso.”  

En  Cúcuta, los concejales del anterior periodo a falta de Ley Reglamentaria acogiendo  un concepto del Consejo de Estado en el sentido de que la selección del Contralor “podía” asimilarse a la de Personero, se avisparon y a través de una supuesta universidad de garaje manejada por uno de los financiadores de la campaña de un candidato a la alcaldía perdedor, amarraron la selección nada más ni nada menos que en cabeza de la cónyuge de este aspirante. 

Mientras el alcalde y los concejales elegidos se dormían en los laureles y celebraban dichosos el triunfo, los opositores armaron la trama. 

Y a fe cierta que la van ganando de acuerdo a decisión judicial. Los congresistas deben revisar el tema y expedir la  ley reglamentaria sin tantas arandelas que lo que hacen es enredar las cosas como actualmente se está viendo a nivel nacional con un acto cojo que al final la que paga los platos rotos es la ciudadanía a través de impuestos por las condenas que sobrevendrán de parte de los damnificados, que van a ser muchos a nivel nacional. 

Que las corporaciones públicas elijan a su leal saber y entender a sus funcionarios como sucedió en la Asamblea de Norte de Santander, sin triquiñuelas. Ya se sabía desde el 25 de octubre quién sería el ungido.  ¡Y no pasó nada!

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